viernes, 26 de agosto de 2011

Tarjeta de Crédito.


Son tarjetas de pago en las cuales la institución financiera que las emite cubre en calidad de crédito las transacciones realizadas por el poseedor hasta alcanzar un monto pre determinado.

Tarjeta de Débito.


Son tarjetas de pago en las cuales la institución financiera que las emite recibe un monto por parte del poseedor, posterior a lo cual este puede utilizarla para efectuar transacciones comerciales o financieras hasta ese monto.



Pagaré.

Es un titulo valor de circulación y aparece como forma impropia de contrato de cambio que contenía intereses.
Es un documento de crédito al igual que la letra de cambio, con la promesa pura y simple de pagar una suma de dinero, en un determinado tiempo.
A diferencia de la letra de cambio, que es un documento de orden abstracto, el pagare es titulo – valor de origen causal es decir que un documento se podrá pactar intereses, puede incluirse una causa que da origen al pagare, como también podrá incluirse la garantía con la cual se afianza la obligación.
Por esta razón seguramente, es más utilizado que la letra de cambio, en los bancos e instituciones financieras por cuanto el propio pagare podrá pactar los intereses y garantizar la obligación mediante el aval. En otras palabras diremos que es un titulo – valor que la letra de cambio.
El cheque es un documento de pago inmediato, a diferencia de la letra de cambio y el pagare, que son documentos de crédito.
Orden de pago y simple librada al banco, en el cual el librador tiene fondos depositados en cuenta corriente; o autorización para girar en cuenta corriente con sobregiro.

Letra de cambio.


La letra de cambio es una orden de pago, creada y firmada por una persona física o jurídica, dirigida a otra organización (normalmente, un banco, también firmada por él), en la que requiere a dicha institución que realice un pago de una suma establecida en un momento estipulado a un tercero.

Nota de Debito.

Es un documento emitido por las empresas para indicarle el titular que se ha cargado a su cuenta un valor determinado por concepto de intereses, fletes, moras, devoluciones.
La nota débito será emitida al mismo adquirente usuario para modificar comprobantes de pago emitidos con anterioridad.
Específicamente para incrementar (carga o debitar) el importe de una factura emitida a la que no se le ha considerado oportunamente si es por gastos adicionales, así como por anulación de operaciones.

Nota de Crédito.

La nota de crédito será emitida al mismo adquiriente o usuario para modificar un comprobante de pago emitidos con autoridad.
La nota de crédito es específicamente para (disminuir, abonar o acreditar) el importe de facturas a la que no se le ha considerado oportunamente ciertos documentos  o que por pronto pago se daba conceder un determinado descuento, así como por la anulación de operaciones.


Factura Comercial.

Documento de contabilidad que está preparado por el vendedor, con el cual reclama al comprador el pago por el valor de los bienes  y/o servicios entregados. Este  documento describe la mercancía y especifica los precios  exactos de cada producto.